¿El Ingreso Mínimo Vital tiene paga extra de Navidad?

Muchos beneficiarios se preguntan si el Ingreso Mínimo Vital tiene paga extra en Navidad.

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El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación no contributiva mensual, una renta garantizada para las personas con pocos recursos económicos.

¿Paga extra de Navidad?

Ante la duda, desde la Seguridad Social se ha querido aclara que no habrá paga extra de Navidad. Lo que sí se va a producir, a partir de enero, es un aumento de las cuantías a cobrar por todos aquellos que ya la estuvieran recibiendo y para los nuevos perceptores. Esto se debe a que lo harán de la misma forma que las pensiones, como han apuntado desde el Ministerio de la Seguridad Social.

  • Concretamente, se prevé que se incrementen en un 8,5%, aunque hay que ver cómo queda fijado el IPC de noviembre para saber el porcentaje exacto.

 

¿Por qué el Ingreso Mínimo Vital no tiene paga extra de Navidad?

La razón esbozada por la Seguridad Social, con la que quieren informar a todos los beneficiarios del IMV es sencilla. No tendrá paga extra ya que esta prestación se paga en 12 mensualidades y no en 14 pagas, como sí ocurre con las pensiones que sí que la tienen. Un hecho que se refleja en su normativa legal, en el real decreto ley 20/2020, donde se expresa que: “la renta garantizada para un hogar unipersonal es el equivalente al 100% del importe anual de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social vigente en cada momento, dividido por 12.”

Por tanto, se puede confirmar que no se cobrará ninguna paga extra ni en verano ni en Navidad. Solamente se recibirá el importe correspondiente en cada mensualidad, siempre que se cumplan con los requisitos exigidos. Lo que sí se seguirá percibiendo en noviembre y diciembre será la ayuda con el incremento del 15%.

Recordamos los requisitos para poder cobrar el Ingreso Mínimo Vital

Si usted está pensando en solicitar esta ayuda, debe saber que ha de cumplir una serie de requisitos. Las condiciones para poder solicitarlo son las siguientes:

  • Tener una edad comprendida entre los 23 y los 65 años. Es cierto que los mayores de 18 años también pueden solicitarlo cuando tengan un hijo a cargo.
  • No estar percibiendo ninguna pensión no contributiva de invalidez ni una incapacidad permanente. Tampoco una pensión de jubilación.
  • Demostrar que lleva residiendo legalmente en España durante al menos un año, en el caso de las familias, y un mínimo de tres años, en caso de que se viva solo.
  • Haber agotado la duración de todas las prestaciones a las que se haya tenido derecho.
  • No superar el límite de rentas que impone la Seguridad Social, según la unidad familiar, y demostrar que se está en una situación de vulnerabilidad económica.
  • También podrán solicitar la ayuda quienes estén cobrando el paro o un subsidio por desempleo del SEPE, aunque tendrán que demostrar que no supera el límite de ingresos fijado.

El autobús del Ingreso Mínimo Vital

El Gobierno se ha planteado como objetivo que esta ayuda llegue al mayor número de hogares  que sea posible. Por esta motivo, desde hace unas semanas puso en marcha el llamado autobús del Ingreso Mínimo Vital. Dicho autobús pretende recorrer todos los pueblos y ciudades de España, dando toda la información necesaria en cuanto a requisitos que anteriormente se han enumerado, así como la manera en que se puede solicitar.