Todas las personas que haya recibo el Ingreso Mínimo Vital deben estar atentos a este aviso de Hacienda.
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha emitido un aviso a través de las redes sociales para recordar a los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) que deben presentar la Declaración de la Renta antes del 30 de junio.
Aunque el IMV es una renta exenta, la Agencia Tributaria aclara que es obligatorio presentar la declaración, independientemente de los ingresos percibidos.
En la mayoría de los casos, no será necesario incluir el IMV en la declaración, pero se deben declarar los rendimientos de trabajo que superen los 12.159,42 euros y otras ayudas que se cobren junto con el IMV.
La Agencia Tributaria facilita la confección del borrador a través de Renta WEB, donde ya estarán registrados los datos fiscales relacionados con el IMV. Se recomienda presentar una declaración conjunta en caso de que los progenitores estén casados.
¿Cómo declarar el IMV en la Renta 2023?
A través de Renta WEB se puede confeccionar el borrador, también con los datos de la Agencia sobre el IMV, ya que, según aclaran en su web, en los datos fiscales de cada miembro de la unidad de convivencia «ya figurará la parte proporcional del IMV que corresponde», por lo que solo hay que volcar la información en la aplicación. Se recomienda, además, «la presentación de una declaración conjunta de todos los miembros en caso de estar casados los progenitores».