Si dejo voluntariamente mi trabajo ¿puedo cobrar el paro?

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Habitualmente, se solicita la prestación por desempleo una vez que finaliza el contrato de trabajo. Sin embargo, también puede ocurrir que se abandone dicho empleo, durante su vigencia. Estaríamos, por tanto, ante el abandono voluntario del trabajo.

¿Puedo cobrar el paro tras una baja voluntaria?

En el caso de abandonar voluntariamente el empleo, no se podrá percibir la prestación por desempleo ya que según establece la normativa legal, para poder cobrar una prestación por desempleo es necesario que la baja en el trabajo no se haya producido de forma voluntaria.

Esto se debe a que el sistema de protección por desempleo protege de manera exclusiva a aquellas personas trabajadoras que quieren y pueden trabajar pero carecen de empleo.

¿Cuándo se puede volver a cobrar?

Una vez que la persona trabajadora vuelve a reincorporarse al mercado de trabajo, pueden suceder estos dos casos:

  • Trabajar en una nueva empresa, pero ser cesado por no superar el periodo de prueba por decisión del empresario o la empresaria. Si no han transcurrido más de tres meses desde que cesó voluntariamente en la empresa anterior, tampoco tendrá derecho a una prestación por desempleo.
  • Trabajar en una nueva empresa, pero ser cesado por no superar el periodo de prueba por decisión del empresario o la empresaria. Si han transcurrido más de tres meses desde la baja voluntaria, sí tendrá derecho a una prestación por desempleo, siempre que reúna el resto de requisitos que se exigen.
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